Manejar un vehículo con llantas lisas ya no será motivo para ir a prisión
- Conducir un vehículo con llantas lisas o en mal estado ya no será motivo para ir a prisión, tal como se encontraba establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
- La Corte Constitucional (CC) declaró la inconstitucionalidad de la frase “pena privativa de libertad de cinco a quince días”, que era parte de las sanciones incluidas en el artículo 383 del COIP.
- La sentencia se había emitido en diciembre de 2023, en las últimas horas tomó relevancia este tema entre ciudadanos que apoyan la decisión y quienes la rechazan.
- A pesar de eso, llevar un automotor con llantas lisas se sigue considerando una contravención de tránsito en el Código Penal y las otras penalidades incluidas en su momento por los asambleístas se mantienen.