Prohibiciones y multas: ¿Qué no se debe hacer hasta el día de las elecciones?

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Este 20 de agosto, los ecuatorianos definirán el destino del país con su voto, ya que el proceso electoral se realizará a nivel nacional de 07:00 a 17:00.
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Por lo cual, existen prohibiciones que lo estipula la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador (conocida como Código de la Democracia).
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Silencio electoral: desde las 00:00 de este viernes 18 de agosto hasta las 17:00 del domingo 20 de agosto rige el silencio electoral, que implica evitar difundir cualquier tipo de información de instituciones públicas y de publicidad electoral.
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Además, el artículo 123 del Código de la Democracia, la Ley Seca impide la distribución, venta o consumo de bebidas alcohólicas 36 horas antes y 12 horas después del día de las elecciones.
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Por otro lado, las multas a personas que no van a sufragar son de $45 (10 % del SBU). Por no asistir a las capacitaciones del CNE como miembro de la Junta Receptora del Voto: $45 (10 % del SBU). Por no cumplir como miembro de la Junta Receptora del Voto: $67,5 (15 % SBU). Por abandonar funciones como miembro de la Junta Receptora del Voto: $4.500 a $9.000 (10 a 20 SBU). Por incumplir con la medida de ley seca contempla una sanción del 50% de una remuneración básica ($225).
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Para conocer si tienes multas pendientes entra a la App del CNE en la sección Otros Servicios y posteriormente, Consulta de Multas.

